El Poder Ejecutivo presentó un proyecto para modificar la ley de violencia basada en género

GRA093. PAMPLONA, 25/11/2012.- Una mujer camina junto a un cartel contra la violencia de género durante la manifestación que La Plataforma de Mujeres contra la Violencia Sexista ha celebrado hoy en Pamplona con motivo del Día Internacional contra la Violencia de Género. EFE/Villar López

Para hablar sobre las modificaciones que plantea el proyecto, el Portal APU.uy dialogó con Soledad González, licenciada en ciencias políticas especializada en violencia de género. González alertó que “las principales modificaciones -incluidas en el proyecto de ley presentado por el gobierno multicolor-, refieren a favorecer a la defensa de los acusados sobre todo de violencia sexual en la prueba, amedrentar víctimas con el fantasma de que si no tenés prueba podés ser acusada de denuncia falsa”, argumentó. “Esa flexibilización -prosiguió- le quita la derecha a la víctima, que es el primer artículo que modifican, que dice que si el juez está en duda, prevalecerá la parte de la víctima. Es un principio del derecho que se aplica en otras ramas del derecho. Toma en cuenta esa desigualdad de poder y trata de privilegiar la mirada del más débil, en este caso de mujeres, porque la violencia de género es contra las mujeres, las infancias y las adolescencias”.

“El entorno del presidente, quien envió el proyecto de ley al Parlamento, y la prosecretaria que es quien lo redactó, salen a defenderlo, utilizando la figura de la denuncia falsa. Pero en realidad favorecen a los violadores condenados. Ese fantasma que ellos dicen que existe, los estudios dicen que no se detecta vinculación”

Modificaciones y argumentos en contra

La primera modificación que plantea el proyecto firmado por Luis Lacalle Pou, generaliza los instrumentos de “interpretación e integración”, borrando del cuerpo de la ley la guia de “la Convención interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención De Belem Do Para), la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra La Mujer (CEDAW), la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CON), la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos de las Personas Mayores”. Además somete “la interpretación más favorable a las mujeres en situación de violencia de género” a “las reglas de valoración de la prueba establecidas en el artículo 46 de esta Ley”, la cual también modifica en el segundo apartado.

Respecto a esto último, el proyecto elimina lo establecido hasta ahora que es la imposibilidad de disminuir la credibilidad de los testimonios de las víctimas utilizando argumentos técnicos, y en su lugar admite que “la defensa que pretenda hacer valer argumentos técnicos requerirá el respaldo de prueba pericial”. “Las pruebas ofrecidas por ambas partes deberán evaluarse de acuerdo con el principio de la sana crítica, respetando el derecho de defensa”, refuerza el nuevo texto. Para González, “esta flexibilización le quita la derecha a la víctima”.

El proyecto que pretende modificar la ley vigente desde diciembre del 2017, cita algunas estadísticas del informe realizado por la Facultad de Derecho de la Udelar, a pedido de la Cámara de Diputados en mayo de 2023, el cual analiza 349 casos y cinco entrevistas a operadores judiciales y técnicos. “‘En un 87% de los casos se toman medidas que apuntan a limitar el contacto entre el agresor y la víctima… En algo menos de una quinta parte de los casos, eso implica el retiro de la persona de la vivienda común’”, cita el informe.

Otro de los puntos que busca cambiar el documento es la redacción del artículo 59, sobre la presentación de la denuncia. Según argumentan, las denuncias falsas “son actualmente un hecho notorio en el proceso actual y que no brinda garantías a las partes”. Por esa razón proponen que “en aquellas denuncias que se realicen a sabiendas de un delito que no se ha cometido o que sus indicios sean simulados, será de aplicación lo dispuesto por los artículos 179 y siguientes del Código Penal”.

La especialista dijo sobre este punto que “el entorno del presidente, quien envió el proyecto de ley al Parlamento, y la prosecretaria que es quien lo redactó, salen a defenderlo, utilizando la figura de la denuncia falsa. Pero en realidad favorecen a los violadores condenados. Ese fantasma que ellos dicen que existe, los estudios dicen que no se detecta vinculación”, aludiendo al informe de la Facultad de Derecho.

Otro punto que propone modificar este proyecto es el artículo 80, que establece una “reparación patrimonial” a la víctima, por el valor de “12 ingresos mensuales, o en su defecto doce salarios mínimos”. El texto plantea que la “reparación tarifaria” debe ir separada del acto penal, por lo que pretende eliminar esta disposición legal, argumentando que “se proponen fórmulas que buscan evitar las situaciones patológicas que la aplicación de la Ley ha evidenciado y se han hecho visibles en casos de pública notoriedad”.

Sobre esto, la especialista manifestó: “Sin duda estas modificaciones van a beneficiar a dos casos muy grandes que involucran a personas de mucho poder en este país, uno es el juicio a Penadés, que yo creo que es fundamentalmente por quien se ha redactado este proyecto de ley” al que llamó irónicamente “Ley Penadés”, y que tendría como objetivo “facilitarle la defensa y además proteger su patrimonio, que tiene un sueldo enorme por ser exsenador y a la vez tiene muchas víctimas”. “Lo mismo sucede con los acusados de Operación Océano, son personas de mucho poder”. Y aclaró: “No todas serían beneficiarias porque las víctimas previas a que comenzara a regir la ley no recibirían resarcimiento”. 

Recordemos que el exfuncionario del Parlasur y del Parlamento uruguayo, Diego Cuiñas, imputado por tráfico de influencias y asociación para delinquir por ser el nexo entre Penadés y el exdirector del ex Comcar, Carlos Tarocco, a través de la masonería, tuvo que pagar 10 mil dólares por reparación a las cuatro víctimas que investigó, una de ellas Romina Celeste.

“Para mí es muy obvio que una cosa tiene que ver con la otra. ¿Por qué el presidente estaría tan preocupado por estos artículos que son una cosa muy específica, de una discusión muy específica de abogados? No es que deroga toda la ley, deroga algunas cosas que particularmente benefician a los acusados, en algunos casos con condena, como estos. No hay ninguna justificación lógica para argumentar a favor de que se quite la reparación de la víctima, ninguna, solo beneficiar a un violador, no hay otra”, planteó González.

La violencia de género, institucionalizada

Consultada por apu.uy sobre la cuestión de género dentro de las instituciones del Estado, la politóloga recordó la reciente desvinculación del Ministerio de Desarrollo Social (Mides) con la ONG El Paso. “El exministro de Desarrollo Social (Martín Lema) hizo que se cortara el convenio de INMujeres con El Paso que es una organización especializada en trata, que brinda asesoramiento y sostenimiento a las víctimas de explotación sexual. Son cosas que tienen que ver”, destacó.

“Se desarmó el servicio de trata. ¿A quiénes beneficia eso, a las víctimas?”, se preguntó. “Es un delito enorme, las víctimas tienen que ser acompañadas por personal que sepa de la materia. ¿Cuál es el fundamento? Es dejarlas sin apoyo, por el propio sistema del que fueron víctimas”.

“En este país está normalizado el abuso sexual infantil. Lo defendieron a Penadés hasta que no pudieron defenderlo más”, señaló.

“Sin duda estas modificaciones van a beneficiar a dos casos muy grandes que involucran a personas de mucho poder en este país, uno es el juicio a Penadés, que yo creo que es fundamentalmente por quien se ha redactado este proyecto de ley, como objetivo para facilitarle la defensa y además proteger su patrimonio, que tiene un sueldo enorme por ser exsenador y a la vez tiene muchas víctimas”

Aplicación de la ley en la actualidad

Sobre la aplicación de la ley de violencia basada en género, valoró que “falta de todo porque nunca la presupuestaron, salvo algunos artículos. La ley da órdenes a todo el Estado de tareas para hacer, desde la educación hasta vivienda. Pero hay un capítulo que es penal, por ejemplo el abuso sexual; ese capítulo sí está en marcha, esa parte es la que se aplica”. “De las cosas más urgentes que se necesitan es generar los juzgados especializados con los recursos para que funcionen en tiempo y en forma, pero nada de lo que pasa hoy es lo que dice la ley”, criticó.

“Si vos no le das presupuesto no se va a mover”.

González también habló de la “emergencia nacional en materia de violencia basada en género” decretada por la resolución N° 760/019, firmada por el entonces presidente Tabaré Vázquez junto al Consejo de Ministros en diciembre de 2019: “Es un enunciado vacío y hueco que se hizo, que nunca implicó ninguna medida, no tiene ningún sentido. No se condice con las actuaciones de las instituciones públicas. Decís que hay una emergencia pero no destinás nada”.

“No hay voluntad política, no somos un problema”, concluyó.

¿Se aprobará el proyecto sin pasar por comisión?

El proyecto de modificación de la ley 19.580 de violencia basada en género ya lleva más de dos meses sin ser tratado. La Comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género del Senado, que se reunía este martes, aún no le dio ingreso. Quedan solo dos sesiones para discutir este y otros proyectos; teniendo en cuenta que a partir del 15 de setiembre, por reglamento, ya no se podrán aprobar por ser este el último año del periodo legislativo. Esto abre la clara posibilidad de darle un tratamiento de grave y urgente en la Cámara de Senadores, saltando la intervención de la Comisión. Si se repite ese mismo tratamiento en Diputados, permitiría la posibilidad de que se apruebe en un plazo de muy pocos días, con la redacción del texto así como se presentó, sin modificaciones. Se trata de una redacción que ha generado grandes controversias en la sociedad y a nivel político, lo que no deja un camino claro de resolución.